RESOLUCIÓN 1044-2018 MINISTERIO DE SALUD- FERTILIZACIÓN ASISTIDA-

 

CON ÓVULOS PROPIOS: 

«…Todo tratamiento de reproducción médicamente asistida con óvulos propios se realizará a mujer de hasta CUARENTA Y CUATRO (44) años de edad al momento de acceder a dicho tratamiento, salvo prescripción médica en contrario«

CON ÓVULOS DONADOS: 

«…Todo tratamiento de reproducción médicamente asistida con óvulos donados se realizará a mujer de hasta CINCUENTA Y UN (51) años de edad al momento de acceder a dicho tratamiento».

 ÓVULOS PROPIOS CRIOPRESERVADOS:

«…Para el supuesto de que la mujer de entre CUARENTA Y CUATRO (44) y CINCUENTA Y UN (51) años de edad hubiera criopreservado sus propios óvulos antes de cumplir la edad de CUARENTA Y CUATRO (44) años, podrá realizar cualquier tratamiento de reproducción médicamente asistida con dichos óvulos propios criopreservados»

 

ACCEDA A LA RESOLUCION DESDE ACA

 

 

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